Por: Óscar Reicher Salazar. Abogado, Doctor en Ciencias Ambientales de la U. de Concepción.
La Ley Marco de Cambio Climático (N° 21.455) creó herramientas concretas para enfrentar la crisis climática desde el territorio. Entre ellas, el Plan de Acción Comunal de Cambio Climático (PACCC) debía permitir a los municipios diagnosticar su vulnerabilidad climática, definir medidas de adaptación y mitigación, y establecer mecanismos de implementación y seguimiento.
El plazo legal expiró. Solo 22 de los 345 municipios del país han aprobado su PACCC. Otros 147 lo están elaborando. Más de 150 no lo han iniciado o no presentan evidencia de avance. Esta situación no solo revela una implementación deficiente, sino una desconexión preocupante entre lo exigido por la ley y la acción territorial efectiva.
El artículo 12 de la ley establece que el incumplimiento debe sancionarse con una multa al alcalde. Sin embargo, la Contraloría General dictaminó el pasado 6 de mayo que, ante la ausencia de una norma que determine qué autoridad aplica la sanción, esta es jurídicamente inaplicable. No hay sanción sin procedimiento ni órgano competente.
Pero el debate no puede agotarse en la existencia o no de sanciones. La obligación de contar con un PACCC es más que un mandato formal: es una responsabilidad sustantiva hacia la comunidad. Las autoridades locales tienen el deber legal —y ético— de liderar con visión, no solo para cumplir, sino para proteger a sus habitantes ante olas de calor, incendios forestales o escasez hídrica.
A diferencia de las leyes marco de Perú o Colombia, la chilena no consagra principios como “rendición de cuentas” o “responsabilidad”. Su inclusión habría reforzado el deber de las autoridades de responder públicamente por sus decisiones. Aun así, su ausencia no impide que los alcaldes informen, planifiquen y cumplan con sus compromisos, incluso sin una amenaza sancionatoria directa.
La planificación climática comunal no es optativa. En tiempos donde el cambio climático agrava desigualdades y pone en riesgo vidas, avanzar en los PACCC es una obligación jurídica, una necesidad política y una exigencia ciudadana.